Sexismo
El día 14 de septiembre el concejo deliberante de Epuyen sanciona con fuerza de ordenanza declarar no laborable el día del hombre. Los fundamentos para eso? Tan banales como que las "mujeres" tenemos el 8 M y que a la parcialidad "hombres" (hetero-no binarios-occidentales etc etc) les parecía equitativo.
Habíamos escuchado de ciertos sectores conservadores y hasta reaccionarios la idea de un "día del hombre" pero nunca daban mayores fundamentos que un fuerte pero disimulado antifeminismo militante. Cabe aclarar a quienes proponen y votan por unanimidad dicha ordenanza que el 8M no es un asueto para las mujeres. Es un día de duelo y de lucha. Es un día de homenaje y resistencia. Es un día pleno de sentido. No un día no laborable. Es un día de PARO. Las mujeres paramos. No simplemente no vamos a trabajar. Tremendo que concejales que deberían haber hecho las capacitaciones y también las sensibilización es respecto de cuestiones de género ignoren todo esto y además ignoren que el 8M es además el dia de las disidencias…el día del hombre cómo registra a las disidencias en ese caso? O directamente no lo hace? Da mucha vergüenza pensar en el nivel de agresividad implícita en la clase política local. Hiere pensar en el nivel de banalidad que exhiben porque además justifica y protege con su accionar otras violencias como la persistencia en el plantel municipal de un empleado violento de género, que con su presencia agrede a sus víctimas constantemente. El proyecto de ordenanza, hoy ya votado por unanimidad, con una pretensión igualitaria es profundamente discriminatorio por un lado (deja fuera a las disidencias de género y sexuales) e insultante por otro. Cómo antes dijimos, el 8M es un día de paro. No un feriado. Es una banalidad reducirlo a "hombres vs mujeres" como si fuera una competencia sin observar siquiera los fundamentos reivindicatorios que esa fecha tiene y que claramente la fecha que intentan reivindicar como día del "hombre" carece.
Por lo tanto y como Colectiva Célula feminista de Epuyen solicitamos se revea esa ordenanza por sexista y discriminatoria. Bajo apercibimiento de ser denunciado ante el INADI o ante quien corresponda. Nos amparamos en las leyes del Estado Nacional como por ejemplo:
Ley Micaela.N° 27. 499. Capacitación obligatoria a todo el personal público.
Ley de Identidad.26.743 De género y Expresión de género.
Ley 26021 de Protección Integral de los Derechos de niños, niñas, niñes y adolescentes.
Ley 26.150. ESI
Ley de Salud Sexual y Reproductiva.25.673. Derechos de chicos y chicas a recibir información sobre salud sexual y procreación responsable
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