Nepotismo

El nepotismo es la preferencia que tienen algunos funcionarios públicos para dar empleos a algunos familiares o amigos, sin importar el mérito para ocupar el cargo, sino su lealtad o alianza.​Según Murídicas, ​ en países donde se ejerce la meritocracia, el nepotismo es generalmente negativo y se considera corrupción.

"Allá andan los de siempre
Alrededor del que manda
Y nosotros vamos quedando
Como cascote en zaranda
Se andan comiendo el maizal
Y todavía andan gritando
Como bandada de loros
He visto gente en el mando."
La chaya del Corcelito- Ramón Navarro. Fragmento
Antes de salir a acusar a los periodistas de difamar hay que saber un par de cosas, por lo menos. La ley de Ética en la Función Pública dice, claramente, que un funcionario, cualquiera sea su cargo tiene que saber 

Artículo 14.- DEBER DE CONOCER LAS NORMAS.

Todo funcionario público debe conocer las disposiciones legales y reglamentarias sobre incompatibilidad, acumulación de cargos, prohibiciones por razón de parentesco y cualquier otro régimen especial que le sea aplicable y asegurarse de cumplir con las acciones necesarias para determinar si está o no comprendido en alguna de las prohibiciones establecidas en ellos.
 
Es decir que, la funcionaria que admite haberse desempeñado como Directora de Cultura en el Municipio de Epuyen y como "funcionaria" en el Área de Ciencia y Tecnología de la Provincia del Chubut, a la misma vez, estaba de hecho incumpliendo el 
Artículo 20:
PROHIBICIÓN DE EMPLEOS SIMULTÁNEOS.

Sin perjuicio de lo que dispongan otras normas aplicables, ninguna persona podrá desempeñarse en más de un empleo, cargo o función públicos remunerados, cualquiera sea su categoría o característica, dentro del ámbito de cualquier administración estatal provincial. Es incompatible el desempeño de cualquier cargo, empleo o función en el ámbito provincial con otros remunerados del ámbito nacional o municipal. La única excepción que se reconoce es el desempeño de la actividad docente, cuando no hubiere superposición de horarios que afecten en forma sustancial el desempeño eficiente del cargo o función públicos.
Por otra parte, antes de poner en dudas la información que un periodista brinda y acusarlo de injuriar o ensuciar, es de persona honesta y transparente demostrar con pruebas que este se equivoca. 
Si la "funcionaria" considera que tiene razón que muestre los respectivos recibos de sueldo en vez de proclamar inocencia a los cuatro vientos. No al revés. Si como su pareja admitió que va a devolver uno de los sueldos ( imagino que el más bajo) es porque cobró los dos. A confesión de partes relevo de pruebas. La Señora ex Directora de Cultura y ahora Funcionaria de Cultura no debería tomar el empleo público como si fuera una tómbola, en la que agarra, como al pasar, algún puestito para salvarse; aunque más no sea por respeto a la cantidad de médicos, enfermeros, docentes y jubilados que cobran con muchísimo atraso sus haberes. Por no mencionar a la cantidad de desocupados y con empleos precarios que a duras penas comen una vez por día. Todos ellos, y nosotros, ciudadanos comunes sin privilegios que vemos azorados cómo pasan los cargos millonarios, las obras superfluas, las contrataciones sospechosas y más delicias cotidianas.  
No me creo nadie para dar consejos pero, uno va, no se tome ningún funcionario público los reclamos como una cuestión personal, no es contra ustedes cuando un ciudadano pone en cuestión la función pública. Le recuerdo que usted se postuló para eso y que haber llegado con el voto popular no es un cheque en blanco para que haga cualquier cosa, y tampoco use el término de "hacer política" como algo descalificante. El acceder a un cargo por voto o por designación de político es eso, un trabajo, un servicio. No convierte a nadie en algo por encima de la sociedad. En buen criollo: bajense del pony, con cariño, con respeto, con humildad se lo digo.
Antes de despedirme y desearle un gran éxito en su nueva gestión a la - nosabemosque- de Cultura de la Provincia, le presento formalmente la Ley I N° 231 Ley de Ética en la Función Publica.
https://leyes-ar.com/regimen_de_incompatibilidades_chubut.htmhttps://leyes-ar.com/regimen_de_incompatibilidades_chubut.htm

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